Incoterms 2020: guía completa de las 11 reglas (EXW, FCA, FOB, CIF, DAP, DDP…)
Por 12 IPV Envíos Internacionales S.L. · Gestión Aduanera Completa · 2026-10-05 · 7 min de lectura
Los Incoterms son las reglas de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) que definen, en una compraventa internacional, quién contrata y paga el transporte, quién se encarga de los trámites de aduana y en qué momento el riesgo de la mercancía pasa del vendedor al comprador. La versión vigente es Incoterms 2020. Elegir bien el Incoterm evita discusiones, costes inesperados y retrasos en frontera, y es una de las decisiones más importantes de cualquier envío internacional.
Qué es un Incoterm y qué no regula
Un Incoterm reparte costes, riesgos y obligaciones documentales entre vendedor y comprador. No regula el precio, la forma de pago ni la transmisión de la propiedad de la mercancía, que se pactan aparte en el contrato. Debe indicarse siempre con el lugar y la versión, por ejemplo «FCA Barcelona, Incoterms 2020». Sin el lugar, la regla es ambigua.
Las 7 reglas para cualquier medio de transporte
- EXW (Ex Works): el vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus instalaciones. El comprador asume todos los costes y riesgos desde ahí, incluida la exportación.
- FCA (Free Carrier): el vendedor entrega la mercancía, ya despachada para exportación, al transportista que designa el comprador en un lugar acordado.
- CPT (Carriage Paid To): el vendedor contrata y paga el transporte hasta el destino, pero el riesgo pasa al comprador cuando entrega al primer transportista.
- CIP (Carriage and Insurance Paid To): como CPT, y además el vendedor contrata un seguro de la mercancía.
- DAP (Delivered at Place): el vendedor entrega la mercancía en el lugar de destino, lista para descargar. El comprador hace el despacho de importación y paga aranceles e impuestos.
- DPU (Delivered at Place Unloaded): como DAP, pero el vendedor además descarga la mercancía en destino. Sustituye al antiguo DAT.
- DDP (Delivered Duty Paid): el vendedor asume todos los costes y riesgos hasta el destino, incluidos el despacho de importación, los aranceles y los impuestos.
Las 4 reglas solo para transporte marítimo y fluvial
- FAS (Free Alongside Ship): el vendedor entrega la mercancía al costado del buque en el puerto de embarque.
- FOB (Free On Board): el vendedor entrega la mercancía a bordo del buque; el riesgo pasa al comprador una vez cargada.
- CFR (Cost and Freight): el vendedor paga el flete hasta el puerto de destino, pero el riesgo pasa al comprador cuando la mercancía está a bordo.
- CIF (Cost, Insurance and Freight): como CFR, más un seguro de transporte a cargo del vendedor.
EXW y FCA: la diferencia que más importa al exportar
Con EXW el comprador es quien despacha la mercancía para exportación, algo que en la práctica a un comprador extranjero le resulta difícil. Con FCA, el vendedor entrega ya despachada para exportación, lo que le da más control sobre los trámites en origen. Por eso FCA suele ser una alternativa más práctica que EXW para empresas que exportan.
FOB y CIF: cuándo no encajan
FOB, CFR y CIF están pensados para carga convencional a granel o suelta. Si la mercancía viaja en contenedor, se entrega al transportista en una terminal antes de subir al buque, y para esos casos las reglas FCA, CPT o CIP reflejan mejor el momento real de entrega y de transferencia del riesgo. Usar FOB con contenedores es un error habitual.
DAP y DDP: quién paga los impuestos en destino
La diferencia entre DAP y DDP es quién paga los aranceles y los impuestos de importación. Con DAP los paga el comprador al recibir la mercancía, lo que puede provocar cobros sorpresa y rechazos de entrega. Con DDP los asume el vendedor y el comprador recibe el paquete sin costes adicionales, pero el vendedor debe poder gestionar el despacho y los impuestos en el país de destino. En e-commerce internacional, DDP suele mejorar la experiencia de compra.
Cómo elegir el Incoterm adecuado
- Define cuánto control quieres tener sobre el transporte. Cuanto más asumes del recorrido (CIF, DAP, DDP), más control y más responsabilidad.
- Comprueba tu capacidad de gestionar aduanas en origen y en destino. DDP exige despachar importación en el país del comprador.
- Ajusta la regla al medio de transporte. FOB, CFR y CIF solo valen para transporte marítimo y fluvial.
- Indica siempre el lugar exacto y la versión del Incoterm.
- Revisa el seguro. Solo CIF y CIP obligan al vendedor a contratarlo; en el resto, conviene asegurar la mercancía por tu cuenta.
Errores frecuentes
- Usar Incoterms que ya no existen, como DDU o DAT. En Incoterms 2020 se utilizan DAP y DPU.
- Pactar DDP sin poder despachar la importación en el país de destino.
- No indicar el lugar de entrega.
- Confundir el Incoterm con las condiciones de pago o con la transmisión de la propiedad.
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